A los establecimientos en los que est�n presentes sustancias peligrosas en cantidades iguales o superiores a las especificadas en el Anexo I del Real Decrato.
El RD establece un sistema para determinar la inclusión de un establecimiento dentro de los ámbitos del mismo en base a las cantidades de sustancias peligrosas almacenadas. Como consecuencia, los establecimientos quedarían en una de las siguientes situaciones: